Skip to content

30 Términos que necesitas conocer antes de contratar un seguro de Crédito

contratar-seguro

Antes de contratar un seguro de crédito, en Solunion nuestro propósito es hacer del seguro de crédito un aliado de nuestros clientes, que no solo vean a éste como un instrumento que permite proteger el flujo de caja de su empresa, sino como ese socio que contribuye al crecimiento rentable de la compañía y los blinda de situaciones indeseadas.

Y para cumplir con este propósito es importante que ayudemos a clarificar las virtudes y características de este servicio, ya que las pólizas de los seguros pueden resultar a veces confusas debido a la terminología.

Por ello, compartimos un glosario de 30 términos que pueden servir de referencia para un mejor entendimiento de la póliza y un mejor aprovechamiento de la misma.

Cifra mínima de Crédito individual

Importe mínimo del riesgo de un deudor, por debajo del cual éste no puede ser incluido en la cobertura de la póliza del seguro.

Clientes anónimos

Tipo de clientes no nominativo y por tanto desconocido, cuyo límite de crédito podrá ser establecido por el asegurado hasta un límite máximo fijado por el asegurador y cumpliendo con los términos y condiciones establecidos previamente. Es decir, aquel comprador con el que el Asegurado no sobrepasará un importe de riesgo definido en la póliza, por lo que no es necesario solicitar a la Compañía su clasificación crediticia.

Cosaeguro

Contrato de seguro suscrito por varios aseguradores, los cuales se obligan a responder separadamente de la parte de riesgo a la cual se hayan comprometido cubrir.

Cobertura de Primera venta o Cobertura inicial

Cobertura de la que dispone el Asegurado, hasta el importe acordado en la póliza, para las ventas realizadas entre la fecha de la solicitud del riesgo para un deudor y la contestación de la Compañía sobre ese riesgo. 

Cobertura de Único riesgo, de Comprador individual o Transaccional

Cobertura que afecta a las ventas a un único deudor o como consecuencia de un solo contrato con un deudor.

Cobertura para clientes o deudores especiales

Póliza que cubre únicamente a un cliente que reúne unas características específicas en cuanto al volumen de sus operaciones, y que supone una especialidad de la cobertura de comprador individual.

Franquicia

Importe de la pérdida a cargo del asegurado que se deduce previamente al pago de la indemnización resultante de la póliza. 

Franquicia agregada por periodo de seguro

Importe acumulado de siniestros soportados por el asegurado, a partir del cual comienza la obligación de indemnizar por parte del asegurador.

Indemnización máxima

Importe máximo a pagar por el asegurador en concepto de indemnización por los riesgos cubiertos durante el periodo correspondiente, y que habitualmente se determina como un múltiplo de la prima devengado. 

Límite de riesgo discrecional

Importe máximo hasta el que el asegurado puede aceptar un límite de riesgo para un deudor, sin tener que recabar la autorización expresa del asegurador.

Moneda contractual

Es la moneda o divisa de referencia del contrato del seguro de crédito, y en la cual se expresan todas las transacciones económicas o cuantías propias de la póliza, tales como límites de crédito, indemnizaciones, primas, etc.

Oferta de seguro

Condiciones de cobertura ofrecidas por el asegurador a partir de la información proporcionada por el asegurado en la solicitud del seguro.

Obligaciones contractuales o pedidos en curso

Conjunto de compromisos que el asegurado ha adquirido contractualmente y, por tanto, no puede eludir pese a un hipotético deterioro de la situación financiera del comprador. En determinadas circunstancias, la póliza de seguro de crédito puede llegar a cubrir estos pedidos, aunque la entrega del producto se realice con posteridad a la cancelación del límite de crédito. puede llegar a cubrir estos pedidos, pese a la cancelación del límite de crédito.

Plazo de carencia

El plazo de carencia es el tiempo transcurrido entre la notificación del aviso de impago y  la indemnización del siniestro, durante el cual se procede a analizar los documentos acreditativos del crédito y se realizan las gestiones de recobro.

Póliza global

Póliza de seguro de crédito que cubre el conjunto de ventas del asegurado en su totalidad, al contrario que la cobertura de riesgo individual.

Porcentaje de retención de riesgo o Porcentaje no cubierto

Porcentaje de la pérdida asegurada que no es objeto de indemnización por parte del asegurador.

Porcentaje garantizado o asegurado

Porcentaje de la pérdida asegurada que sí es objeto de indemnización por parte del asegurador.

Prima provisional

Suma de las cantidades resultantes de multiplicar la facturación asegurable estimada, por la tasa correspondiente.

Prima devengada

Importe resultante de aplicar la tasa de Prima establecida al volumen de negocio asegurable declarado para el periodo de seguro.

Prima mínima

Es el importe mínimo que el asegurado pagará al asegurador en cada periodo de seguro en concepto de prima. 

Prima anticipada o en depósito

Importes de la prima pagada de manera anticipada, los cuales serán regularizados una vez el asegurador reciba la declaración de ventas o notificación de saldos del ejercicio correspondiente.

Principio de coparticipación

Principio contractual de acuerdo con el cual el asegurado se hace responsable de parte de las posibles pérdidas generadas por el impago de sus deudores, y que persigue evitar la negligencia por parte de aquel en la gestión de los créditos pendientes.

Prorroga de vencimiento o Periodo de extensión

Extención del plazo máximo de pago establecido en la póliza de seguro.

Ratio de costes incurridos o Ratio de suscripción

Ratio resultante de dividir la suma de los gastos de suscripción de la póliza (incluyendo el posible coste de la información comercial), entre la suma de las primas cobradas.

Riesgo de impago

Probabilidades de que un deudor incumpla con sus obligaciones de pago.

Riesgo de fluctuación de moneda

Fluctuación de la moneda local del comprador frente a la moneda local del vendedor asegurado, y que podría afectar a la capacidad financiera del comprador para hacer frente a sus obligaciones de pago.

Riesgo extraordinario

Circunstancias ajenas a la voluntad de vendedor y comprador, y que pueden provocar la imposibilidad de cumplir con las respectivas obligaciones. Por regla general, se refiere a fenómenos tales como terremotos, inundaciones y demás casos de fuerza mayor.

Riesgo país o Calificación país

Indicador que refleja la valoración del asegurador de las probabilidades de que las operaciones y créditos otorgados en un país se salden de la forma prevista contractualmente o, por el contrario, surjan dificultades para el pago o cobro de las mismas.

Seguro facultativo

Seguro que cubre un riesgo específico, en lugar de una cartera con un conjunto de riesgos.

Seguro de crédito a la exportación

Seguro que cubre el riesgo de crédito ligado con la venta de mercancías o suministro de servicios a compradores en otros países.

Picture of Solunion
Solunion

Somos impulso. Somos expertos en seguros de Crédito y de Caución, servicio de Recobro, y otros asociados a la gestión del riesgo comercial.

Actualidad  Solunion

Solunion México Seguros de Crédito S.A. informa al público en general de que terceras personas que no hacen parte de la Compañía, están haciendo uso de su imagen de manera no autorizada, promoviendo servicios financieros que la compañía no ofrece. Rechazamos estos actos e informamos de que nuestra compañía es una aseguradora vigilada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y no ofrece otorgamientos de crédito, ni pólizas de seguro a personas físicas.

Invitamos a los interesados a utilizar siempre medios de comunicación oficiales con la compañía. Estaremos dispuestos a atender sus inquietudes en nuestros teléfonos: (52) 5552 017900, correo electrónico marketing.mexico@solunion.com y en nuestras oficinas, ubicadas en Av. Mariano Escobedo 476, Piso 15, Col. Nueva Anzures, Ciudad de México.

Compartimos el comunicado que ha emitido la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)